jueves 27 de noviembre de 2025 - Edición Nº855

Sindicales | 26 nov 2025

Actualidad

Sin acuerdo, el SMVM lo definirá el Gobierno por Decreto

Finalmente, no hubo acuerdo en la reunión por zoom del Consejo del Salario. Los empresarios ofrecieron llevarlo progresivamente a 349 mil y la parte gremial a 736 mil en abril de 2026. Una vez más, el gobierno definirá el aumento por Decreto.


Sin acuerdo, la reunión del Consejo del Salario no pudo actualizar y recomponer el SMVM, congelado en 322 mil pesos desde agosto.

En ese marco, la parte empresaria propuso una suba del 5 por ciento en seis meses, lo que llevaría el piso salarial a 349 mil en abril de 2026, mientras que las centrales sindicales consensuaron un esquema que lleve el salario a 736 mil para el mismo período. 

Una vez más, el Gobierno nacional definirá la suba por Decreto. Tal como viene haciendo desde que convoca al Consejo del Salario, ubicándolos entre los más bajos de América Latina. 

"Desde la devaluación que marcó el inicio del Gobierno de Milei, el salario mínimo perdió más de un tercio de su poder de compra -35.2%-", según el Centro de Investigación y Formación de la República Argentina (CIFRA) de la CTA-T. 

Tras conocerse la noticia, la diputada bonaerense de extracción sindical y secretaria adjunta de SECASFPI, Soledad Alonso denunció que la falta de acuerdo "es el plan":

 

 

En tanto, la CTA-T difundió un documento en el que denuncia "la estrepitosa caída del poder de compra del SMVM, que ya perdió más de un tercio en menos de dos años". 

"El sector empresario ofreció una burla que no sólo desconoce el poder adquisitivo perdido sino que plantea seguir reduciéndolo al proyectarlo por debajo de la inflación real", disparó la Central que, en ese marco, exigió establecer un SMVM que supere a la Canasta Básica Total para "comenzar a recomponer el derrumbe del poder adquisitivo y respete los estándares legales y constitucionales de suficiencia". Además, denunció que "el valor actual del SMVM vigente vulnera de manera directa los parámetros establecidos por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, el artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo y el artículo 139 de la Ley 24.013".

 

 

 

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