

"Esto no es un plan económico. Es una crueldad planificada", apuntaron desde SECASFPI, el sindicato de las y los Trabajadores de la Seguridad Social, que conduce Carlos Ortega, al rechazar los vetos que el Gobierno publicó, finalmente, en el Boletín Oficial, a través del Decreto 534/2025.
Se trata de normas que preveían mejoras en los haberes de las y los jubilados, el retorno de la moratoria previsional y la declaración de emergencia en discapacidad - leyes 27.791, 27.792 Y 27.793, respectivamente -.
A través de sus redes sociales, SECASFPI disparó contra la decisión del Ejecutivo de volver a vetar el aumento a jubilados, rechazar la reinstalación del Plan de Pago de deuda Previsional y declarar la emergencia en discapacidad, tras el brutal ajuste que promueve el Gobierno Nacional y la represión que miércoles tras miércoles viven las y los jubilados al movilizarse frente al Congreso.
En ese sentido, el Sindicato de las y los Trabajadores de la Seguridad Social reflexionó: " Milei no vetó una ley. Vetó un aumento digno para nuestros jubilados. Vetó la posibilidad de jubilarse para quienes trabajaron toda la vida.Vetó la asistencia básica a las personas con discapacidad". Y alertó que esos impedimentos se producen "(...) mientras baja las retenciones al campo y favorece a los grandes grupos económicos".
⏺️ El Senado había sancionado las normas el pasado 10 de julio, con la ausencia del oficialismo -La Libertad Avanza y aliados-.
Entre sus puntos destacados, la ley 27.791 establecía una suba del 7,2% a jubilados y jubiladas y preveía una actualización del bono de 70 mil a 110 mil pesos -monto congelado desde marzo de 2024-.
Entonces, tras el veto, en agosto 2025, la jubilación mínima es de 384. 305 pesos -314.305 más el bono de 70 mil pesos-.
En tanto, la reinstalación de la moratoria previsional, que posibilitó durante su vigencia -desde marzo de 2023 a marzo 2025-, acceder al derecho jubilatorio a más de 800 mil personas personas, abrió una puerta de escape a la Pensión Universal de Adulto Mayor -PUAM-. Sucede que la PUAM representa el 80 por ciento de una jubilación mínima, no reconoce derecho a pensión por fallecimiento del cónyuge y es incompatible con otros ingresos. Además, tanto hombres como mujeres acceden cuando no completan los 30 años de aportes y solo a partir de los 65 años. Situación que reafirma el veto.
En tanto, la Ley de Emergencia en Discapacidad establece la regularización de pagos y actualización de aranceles para prestadores de servicios, reforma del sistema de pensiones no contributivas, fortalecimiento de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y cumplimiento del cupo laboral del 4% para personas con discapacidad en el sector público.
Así el panorama, las tres iniciativas vuelven a su Cámara de orígen -Diputados o Senadores, que pueden insistir con el proyecto original- para reiniciar su ruta legislativa y lograr el respaldo de al menos dos tercios de los presentes en el recinto. Luego, la Cámara revisora -replica el mismo proceso de la de orígen-. En tanto, si las dos Cámaras aprueban en proyecto original -de insistencia- el Poder Ejecutivo deberá promulgar y cumplir las leyes. Si las dos desaprueban la insistencia, se mantiene el veto y el Congreso deberá esperar un año para volver con el mismo tema.